El nuevo baremo de discapacidad y la diabetes

Nada cambia si no cambias nada

Spoiler inicial por si no quieres leer más:

Nada cambia, si no cambias nada

El Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Se supone que “el nuevo modelo supone evolucionar desde un enfoque médico-rehabilitador de la discapacidad hacia una consideración social, al tener en cuenta la participación social de estas personas y las barreras que encuentran en su entorno a la hora de ejercer este derecho”

¿Esto es así en el caso de la diabetes?
Muy discutible y mucho discutible

Los nuevos criterios se descansan sobre 4 baremos de evaluación:

  • la Deficiencia Global de la Persona (BDGP) en base a sus estructuras corporales;
  • las capacidades o de las Limitaciones en la Actividad (BLA);
  • Restricciones en la Participación (BRP),
  • los Factores Contextuales o Barreras Ambientales (BFCA).

Conforme a los nuevos criterios del baremo, se tipifican los grados:

Grado 0 (0% al 4%): No hay discapacidad.

El nivel de discapacidad evaluado casi no es medible y no justifica una evaluación de las Actividades de la Vida Diaria (AVD).

Grado 1 (5% al 24%)

Discapacidad Leve en la realización de AVD, siendo la persona independiente en la práctica totalidad de las mismas.

Grado 2 (25% al 49%):

Discapacidad Moderada en la realización de las AVD, hay una limitación total o imposibilidad para realizar alguna de ellas, siendo independiente en las actividades de autocuidado.
Si no te dejan ser de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, bombero y otras situaciones similares…¿no te deberían dar el 33% según esta descripción?

Grado 3 (50% al 95%):

Discapacidad Grave para la realización de las AVD, incluyendo el cuidado personal. En el anterior baremo este cuarto grado estaba comprendido entre el 50 y el 70%.

Grado 4 (96% al 100%):

Discapacidad Total. Imposibilidad en la realización de casi todas las AVD estudiadas, incluidas las de autocuidado. En el anterior baremo se aplicaba a partir del 75%.

Lo que dice el RD:

12.7. A CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA DEFICIENCIA SECUNDARIA A DIABETES MELLITUS

Criterio de situación especial de frecuencia de descompensaciones: En aquellos pacientes que por causa diferente al mal seguimiento del tratamiento y normas higiénico-dietéticas, requiera de hospitalizaciones periódicas por descompensaciones agudas de su Diabetes, con una periodicidad de dos o más por año y con una duración de más de 48 horas cada una, se le atribuirá un porcentaje mínimo de deficiencia del 33%. En todo caso la evaluación será provisional y revisable cada dos años.

Consideraciones especiales de evaluación de la diabetes en la infancia y la adolescencia. Los menores que requieran obligatoriamente la ayuda de un adulto más de 3 o cuatro veces por día para la administración de la insulina y control de las glucemias, se clasificaran como criterio principal en el intervalo 4 provisionalmente, hasta adquirir una independencia en su tratamiento.

Es bastante flipante que no diferencien el tipo de diabetes

Todos los menores requieren la ayuda de un adulto…lo que viene a mantener el criterio que se da el 33% hasta los 18 años, que se quitará.

Como decía al inicio, no cambia nada.
Siendo mayor de edad, o tienes complicaciones con la diabetes (que ahora se evalúan en conjunto) o tienes 2 ingresos hospitalarios de 48 horas por diabetes….eso da lugar a un 33% de discapacidad. Siempre revisable a los 2 años (lo cual perjudica bastante en cuanto a los beneficios asociados a la discapacidad).

Es cuadro es bastante complicado de entender para mí.

Criterios de puntuación por hipoglucemia

CCT significa Carga cumplimiento tratamiento…esto en diabetes debería significar 6 puntos para todas las personas con diabetes….ya vemos que no lo será

¿ Qué significa hipoglucemia controlada por el tratamiento?
No tiene nada que ver la DM2 con la DM1 si hablamos de hipoglucemias.
Lo de relacionarlas con la hemoglobina glicosilada, directamente es no entender nada de la DM1

Uno esperaba que la incorporación de la MCG significara algo en la valoración de la discapacidad en el año 2022. Se demuestra, una vez más, la enorme necesidad de crear un grupo de trabajo estable sobre diabetes en el Ministerio de Sanidad y en cada Comunidad Autónoma.